El Departamento de Prestaciones Asistenciales informa el siguiente COMUNICADO SOBRE MODIFICACION EN LA CARGA
DE PLANES ESPECIALES
A partir del 01/05/02022 se modifica el procedimiento de autorización el cual tendrá el siguiente circuito:
1- El médico tratante continuará enviando por correo electrónico a dpgrm.ingresos@ipsst.gov.ar la documentación necesaria del afiliado.
2- El médico tratante o encargado/a de la carga por sistema on-line (sistema SIA), deberá cargar con la modalidad «Autorización y Consumo Simultáneo» (ya NO por «Autorización Previa») en el momento en que se envía por correo:
A)Altas de Planes Especiales (código 420170) por Cobertura General.
B)Cambios o Renovaciones de Planes Especiales (códigos 420180 / 420190) cargando por la Cobertura correspondiente según corresponda como ser Cobertura Oncológica, Cobertura Diabesnoa, etc.
3- LA OBRA SOCIAL ABONARÁ DE FORMA INMEDIATA LAS CARGAS, es decir, el pago se efectuará junto con las consultas de dicha Obra Social (a los 15 días de la presentación).
4- La Obra Social auditará posteriormente la autorización y consumo de los mencionados códigos, en caso que no haya enviado el correo a dpgrm.ingresos@ipsst.gov.ar, le será debitado.
Para más información comunicate con tu Secretaria de Prestaciones Asistenciales:
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